lunes, noviembre 4, 2024

Namiko y el delito de Ultrajes

Desde abril del año pasado a la fecha, son 13 las quejas que se han interpuesto ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos derivadas de actuaciones de las autoridades policiales en la aplicación de la penalidad por el delito de Ultrajes contra la autoridad.

     Los demandantes se han presentado a pedir que la Comisión haga recomendaciones a los responsables por haber ido en contra de sus derechos humanos al ser capturados por el delito mencionado.

     Las 13 quejas están en proceso, dentro de los tiempos que la normatividad, e irán siendo desahogados de acuerdo con lo que marca la ley. Por eso se puede fundamentar que la CEDH interviene de manera imparcial y ajustada al Derecho.

     La doctora Namiko Matsumoto Benítez explica que como Presidenta de ese organismo no ha emitido un posicionamiento respecto de ese delito porque está impedida legalmente para hacerlo.

     Transcribo el artículo 5 de la Ley de la CEDH de Veracruz, que explica claramente ese impedimento:

     “La Comisión no es competente para conocer de asuntos electorales, agrarios y jurisdiccionales en cuanto al fondo. Tampoco lo será respecto de consultas que formulen las autoridades, los particulares u otras entidades sobre interpretación de disposiciones constitucionales y legales, ni en aquellos casos en que se pueda comprometer o vulnerar su autonomía moral.”

     Es entendible, si la Comisión opinara a favor o en contra de alguna disposición legal -como la reciente reforma al delito de Ultrajes a la autoridad, por ejemplo- vería afectada su fuerza moral a la hora de emitir respuestas en un sentido o el otro. La autoridad que recibiera una recomendación por la queja de un particular podría alegar que el organismo habría actuado sin la debida objetividad, influido por su opinión sobre el tema.

     Lo que sí pudo hacer la Comisión fue interponer un recurso de inconstitucionalidad, que fue radicado en el expediente 66/2021 por la Suprema Corte de Justicia de la Nación mediante acuerdo del 19 de abril del año pasado. Esta acción se sumó a la controversia similar presentada por los partidos PAN, PRI y PRD en la pasada Legislatura local, y que fue aceptada como el expediente 59/2021.

     La presidenta Namiko Matsumoto se ha ajustado a la ley y la Comisión ha atendido debidamente a los quejosos por las consecuencias del flamante delito, que seguramente terminará siendo desechado por la Suprema.

     ¿Verdad que queda claro?

sglevet@gmail.com

otros columnistas

La concordancia humana

Las pensiones y el infierno

La Ley Orgánica del Rector

Gil Rullán y Carbonell

17 de octubre de 1953

El ladrón y el político

Ficticio L. de Guevara

El socavón de Naolinco