viernes, noviembre 22, 2024

Sale de la cárcel abogado de legislador oaxaqueño; sobresee juez «ultrajes»

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Estuvo privado de su libertad cinco meses, del 7 de noviembre de 2021 al 7 de abril de 2022; fue liberado a las 7 de la noche

Sociedad 3.0

El juez penal del conocimiento en Pacho Viejo decretó el sobreseimiento en el proceso al abogado Víctor “N”, a quien se mantenía en prisión por el delito de ultrajes a la autoridad, admitiendo la argumentación del despacho que defendió el caso, de que, aunque el Congreso no ha publicado la derogación del artículo 331 en la Gaceta Oficial, es un hecho notorio que la Suprema Corte declaró la invalidez del tipo penal mencionado y que ello fue transmitido en su página oficial por vía electrónica y en su canal de televisión.

Como se recordará, elementos de Seguridad Pública de Veracruz detuvieron el domingo 7 de noviembre de 2021 a dos abogados que salían de una audiencia, en los juzgados del Penal de Pacho Viejo. Fueron conducidos al Cuartel de San José, donde se les mantuvo incomunicados, sin permitirles el acceso a sus familiares ni a su abogado.

Los juristas, Víctor “N” y José Ramón “N”, acudieron en calidad de defensores en el procedimiento que se inició contra el diputado local por el estado de Oaxaca, Gustavo Díaz Sánchez, del PRI, el cual fue detenido cuando acudió a Fortín de las Flores para ver a su hijo José Alberto N y a otro joven, quienes a su vez habían sido intervenidos el 4 de noviembre en Tezonapa.

Los abogados de Víctor “N” solicitaron la audiencia para sobreseimiento, exponiendo al juez el hecho notorio de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación transmitió en su página oficial por vía electrónica y por su canal de televisión oficial, el día 28 de febrero del año 2022, la sesión ordinaria por medio de la cual resolvió la acción de inconstitucionalidad expediente número 59 /2021 y su acumulada 66 /2021, sentencia que declaró la invalidez del tipo penal de ultrajes a la autoridad previsto en el artículo 331 del Código Penal del Estado de Veracruz de Ignacio de la llave.

En segundo lugar, que en la misma sesión se declaró la invalidez del tipo penal previsto en el artículo 371 del Código Penal del Estado de Veracruz de Ignacio de la llave, por lo que “el sobreseimiento procederá cuando una ley o reforma posterior deroga el delito por el que se sigue el proceso”, y “en consecuencia procede decretar el sobreseimiento parcial en virtud de lo antes expresado y al tenor de la tesis de jurisprudencia definida como “hechos notorios”, carácter que tienen las versiones electrónicas de las sentencias almacenadas y capturadas en el sistema integral de seguimiento de expedientes (SISE).

De tal manera que la audiencia de Víctor se realizó alrededor de las 11 de la mañana de este jueves 7 de abril y la salida del abogado ocurrió a las 7 de la noche, del Penal de Tuxpan, luego de que el juez decretó el cambio de medida cautelar y le fijó fianza.

El mismo despacho logró obtener la libertad de otros tres enjuiciados en San Andrés Tuxtla.

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