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Transfuguismo político, pero no somos iguales

En la década finisecular (última del siglo XX) en nuestro país surgió un fenómeno político conocido entonces como “transfuguismo”, que consistía en el traslado de un militante priista hacia otras siglas partidistas, particularmente con dirección al PRD y en menor numero al PAN; se trataba de actores políticos priistas, insatisfechos porque su partido no les concedía la postulación a un  cargo de elección popular, y sintiéndose con convocatoria ciudadana emigraron otras siglas donde encontraron...
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El ansiado milagro…

Hay un segmento importante de la población mexicana que espera que la fundación de la dictadura y el secuestro del poder público asociados al proyecto mesiánico llamado "Cuarta Transformación" sean revertidos desde el exterior, específicamente por Gobierno de los Estados Unidos. Ante el desinterés, desconocimiento e incluso conformidad de la mayoría de la gente, frente al eficaz desmantelamiento del sistema republicano y la cooptación de quienes hubiesen enfrentado los abusos y las acciones retrógradas (milicia, élite económica, consorcios de comunicación), dado el descrédito, la pudrición y sumisión de las supuestas...

TEPJF determina que Cuitláhuac García violó veda por revocación de mandato

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Agencias/Sociedad 3.0

La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el gobernador de Veracruz, Cuitláhuac García Jiménez, violó la veda electoral por la consulta de revocación de mandato, al difundir propaganda gubernamental durante el periodo prohibido.

El TEPJF señala que el mandatario veracruzano compartió en sus páginas oficiales de Facebook y Twitter, logros y acciones de gobierno de su administración y del presidente de la República, con el fin de obtener una adhesión y aprobación de la ciudadanía.

Por ello, la Sala Especializada ordenó dar vista al Congreso de Veracruz para que determine lo que en derecho corresponda.

«En otro asunto con similar temática, se determinó que el gobernador de Veracruz, Cuitláhuac García Jiménez, difundió propaganda gubernamental en periodo prohibido al publicar en sus páginas oficiales de Facebook y Twitter, logros y acciones de gobierno de su administración y del presidente de la República, con la finalidad de obtener una adhesión y aprobación de la ciudadanía. En consecuencia, se ordenó dar vista al Congreso de Veracruz, por conducto de la Presidencia de la Mesa Directiva para que determine lo que en derecho corresponda», indica.

Por otra parte, la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó, por unanimidad de votos, la existencia de las infracciones consistentes en difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido y promoción personalizada en favor del presidente de la República, atribuidas a las alcaldesas de Iztapalapa, Milpa Alta, Tláhuac, Venustiano Carranza, así como a los alcaldes de Gustavo A. Madero, Xochimilco e Iztacalco, respecto de este último y del Coordinador de Comunicación Social de esa demarcación se acreditó, además, el uso indebido de recursos públicos para influir en la revocación de mandato.

Lo anterior, porque del análisis al desplegado en el que se dio un mensaje de respaldo público y masivo al titular del Ejecutivo Federal que fue difundido en las redes sociales Facebook y Twitter, así como en el periódico “La Jornada”, se advirtió la exaltación de logros de gobierno que tuvieron como finalidad buscar la adhesión o persuasión de la ciudadanía al hacer referencia al apoyo por las acciones realizadas durante su gestión, destacando su estilo de gobierno y forma de trabajo.

Respecto del uso indebido de recursos públicos quedó acreditado que la contratación del desplegado en el periódico “La Jornada”, se pagó con dinero proveniente de la alcaldía Iztacalco, razón por la cual se atribuyó la comisión de esa conducta al alcalde y a su coordinador de Comunicación Social.

En consecuencia, se determinó dar vista a los órganos internos de control de las alcaldías involucradas, para que, con base en el marco constitucional y legal que resulta aplicable determinen lo conducente a las conductas de las y los alcaldes denunciados.

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