El voto de castigo

Por observación debemos concluir de manera empírica que es muy difícil asumir la existencia del llamado voto de castigo como factor electoral determinantes, considerado este como una reacción ciudadana en contra del mal gobierno del partido en el poder. Sin embargo, tenemos constancia fidedigna acerca de que no siempre el partido en el gobierno está en riesgo de perder una elección a causa de una mala gestión pública. Por supuesto, participan variables de no...
jueves, abril 3, 2025
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Veracruz quebrado

Se ha dicho aquí, hasta la saciedad. El nuevo gobierno de Veracruz recibió las finanzas públicas en absoluta quiebra. Hay problemas estructurales, como la falta de fondos para la nómina educativa, el subsidio a las pensiones y la falta de recaudación propia (o sea, la dependencia de las participaciones federales). Pero la ratería, la rapiña en el manejo del dinero público, que no sólo no detuvieron sino incrementaron astronómicamente Cuitláhuac García, su primo Eleazar Guerrero y muchos otros gaseosos, por ahora impunes, llevaron el robo al extremo (no me...

Afirma Presidencia que Suprema Corte violaría la división de poderes y sustituiría al Congreso si invalida parte del plan B

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La Consejería Jurídica del Ejecutivo señaló que es falso que no se cumplieran las formalidades del proceso legislativo en el que se aprobó la primera parte del plan B electoral y que al invalidarlo, como propone un proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán, se estaría violado el principio de división de poderes y sustituyendo al Congreso de la Unión.

En un comunicado, la consejería afirmó que en el proyecto de sentencia de la acción de inconstitucionalidad 29/2023 y sus acumuladas se omite también examinar la dispensa de trámite, es decir, el acuerdo por el que los legisladores aprobaron la primera parte del plan B al considerarlo de urgente resolución.

“Se constata que el ministro ponente es omiso en dar cumplimiento al artículo 17 constitucional y 39 de la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105 de la norma fundamental”, señaló.

La consejería aseguró que resulta inexacto que se haya transgredido el principio deliberación democrática, como se afirma en el proyecto, debido a que el Congreso de la Unión cumplió con los requisitos constitucionales, legales y reglamentarios cuando aprobó la primera parte del plan B, que impulsó el presidente López Obrador.

“Contrario a lo que se afirma en el proyecto de sentencia, no se afectó en forma alguna el principio de deliberación democrática y se agotaron las etapas del proceso legislativo en el que participaron todos los grupos parlamentarios por conducto de sus legisladores“, afirmó.

Por lo anterior, la consejería destacó que la SCJN no debe restringir las atribuciones del Poder Legislativo para regular el trámite de elaboración de las normas, “siempre y cuando sean resultado de la voluntad mayoritaria de los integrantes del Congreso de la Unión.

“De hacerlo, violará el principio de división de poderes y el equilibrio que debe existir entre estos”, sentenció.

El proyecto podría ser votado esta semana en el pleno de la Suprema Corte, que el pasado jueves rechazaron la petición de la consejería de resolver primero la constitucionalidad de la Ley de Comunicación Social, antes de que comience el análisis de las modificaciones a la misma con el plan B electoral.

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