miércoles, diciembre 18, 2024

Legado Digital: Privacidad Post Mortem en la Era de la Información

La tecnología de información y comunicación, como internet, las redes sociales (Instagram, Facebook, Twitter, YouTube o TikTok), el correo electrónico, entre otras aplicaciones que usamos diariamente y que son parte de nuestra huella digital, requiere, para proteger nuestra privacidad y de la información que compartimos, disponer de una cuenta y contraseña, personal, única e intransferible.

Nuestra vida digital es una extensión de nuestra existencia física, llena de recuerdos, datos personales y conexiones sociales. Según un estudio de Kaspersky, el 31% de los usuarios en México señala que las aplicaciones y servicios en línea que utiliza registra quiénes son, dónde están, cuáles son sus actividades diarias e intereses, es decir, conocen todo sobre ellos.

El 35% de los mexicanos siente que no tiene el control sobre el destino de sus datos en línea (solicitudes de búsqueda, enlaces abiertos, mensajes y archivos enviados, etc.). Esto plantea preguntas importantes sobre nuestro legado digital. ¿Qué sucede con nuestra información personal y con nuestros activos digitales, recopilada en mensajes, publicaciones, perfiles, cuentas en redes sociales que hayan sido almacenados en Internet desde que nos convertimos en un usuario en línea?

Por su importancia, es común anticipar el reparto de los bienes físicos y los asuntos terrenales pendientes, dejándolos asentados por escrito en un documento o testamento.  Sin embargo, raramente damos importancia a nuestro legado digital. Los expertos en derecho digital refieren a la regulación de los bienes y servicios digitales que se deja al fallecer como “herencia digital”.

La generación de un documento que dé cuenta y destino de nuestra herencia digital es un proceso, que se observa con ligereza, sin embargo, su elaboración es compleja, plantea preguntas éticas sobre la privacidad y la propiedad de la información digital post mortem. El tema legal es confuso y no está del todo dispuesto a este nuevo paradigma. Aunque la legislación mexicana no contempla un mandato específico para estos casos, la Ley General de Protección de Datos Personales permite solicitar los accesos en situaciones específicas, siempre mediante juicio y solo en el caso de que el dueño haya dejado sus claves localizables.

Por otro lado, las compañías propietarias de las plataformas digitales, cuentan con políticas de privacidad muy estrictas que regulan el acceso a las cuentas de usuarios fallecidos creando un laberinto de regulaciones que provoca en los deudos, una posición incómoda y, a menudo, emocionalmente agotadora. Para evitar que nuestros familiares tengan que enfrentar estos problemas se recomienda redactar un testamento digital con instrucciones explícitas, posiblemente con la ayuda de un abogado experto en cuestiones digitales.

En los últimos años, y para ahorrarse inconvenientes de ese tipo, han surgido, numerosos herramientas y aplicaciones que proporciona servicios que permiten especificar reglas que confirmen el fallecimiento del usuario y automatizan la entrega de información a seres queridos, el cierre de cuentas o incluso la publicación de palabras finales, videos y fotos. Un ejemplo de estos servicios es Keylu, que incluye información financiera y de seguros, facilitando así los trámites para los deudos.

Algunas redes sociales ofrecen la posibilidad de generar “cuentas conmemorativas”. Meta -la empresa propietaria de Facebook e Instagram- es un ejemplo de ello, cuando recibe un certificado de defunción, la cuenta del fallecido puede eliminarse o convertirse en una «conmemorativa». Esta se congela en el tiempo y se convierte en una página que recuerda al usuario y permite publicar fotos y recuerdos, junto al nombre del usuario aparece un mensaje que dice «in memoriam.

Otra compañía, Google, propietaria de YouTube, Gmail y Google Fotos, ofrece a sus usuarios la opción de cambiar los ajustes para decidir qué ocurre con sus cuentas si permanecen inactivas durante un periodo de tiempo determinado. Sin embargo, otras redes sociales como X (antes Twitter), TikTok y Snapchat no tienen disposiciones similares.

Nuestra vida digital, plantea la necesidad de repensar la forma en que gestionamos nuestro legado en línea. En un mundo cada vez más digitalizado, la muerte trasciende a nuevos terrenos, y la sociedad se enfrenta al desafío de encontrar equilibrio entre la privacidad, la propiedad y la gestión adecuada de la herencia digital. El legado digital es algo sobre lo que hay que pensar y hablar, y es crucial tomar medidas ahora para asegurar que nuestros deseos sean respetados después de nuestra partida.

Ideario en Perspectiva

Se destapó la caja china, de ella brotan señales de moderación y ecuanimidad. Ya se verá, pues para bien creer, no hay cosa como ver.

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