Eventualmente libramos los aranceles, no de Trump

En México acostumbramos el ruidoso festejo cuando superamos escaramuzas amenazadoras, pese a que en el símil la guerra no haya terminado: claro ejemplo es la actitud triunfalista del gobierno por haber librado, eventualmente, a la economía nacional de la imposición de aranceles previamente anunciados por el presidente estadounidense. No es poca cosa, debemos reconocerlo. Respecto delas causas del por qué Trump excluyó a México y a Canadá de su imposición arancelaria podemos identificar entre...
viernes, abril 4, 2025
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Veracruz quebrado

Se ha dicho aquí, hasta la saciedad. El nuevo gobierno de Veracruz recibió las finanzas públicas en absoluta quiebra. Hay problemas estructurales, como la falta de fondos para la nómina educativa, el subsidio a las pensiones y la falta de recaudación propia (o sea, la dependencia de las participaciones federales). Pero la ratería, la rapiña en el manejo del dinero público, que no sólo no detuvieron sino incrementaron astronómicamente Cuitláhuac García, su primo Eleazar Guerrero y muchos otros gaseosos, por ahora impunes, llevaron el robo al extremo (no me...

¿Cuáles son los límites de velocidad de la nueva Ley de Movilidad para todo el país?

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Agencias/Sociedad 3.0

El martes fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la nueva Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, por lo que este miércoles entró en vigor.

La nueva Ley General de Movilidad y Seguridad Vial busca homologar normas y planes viales en México.

Con esta nueva ley, los estados y municipios de México tendrán límites de velocidad establecidos en vialidades, por lo que te decimos cuales son:

Medidas mínimas de tránsito

Las velocidades máximas que no se deberán rebasar las siguientes:

  • 30 km/h en calles secundarias y calles terciarias.
  • 50 km/h en avenidas primarias sin acceso controlado.
  • 80 km/h en carriles centrales de avenidas de acceso controlado.
  • 80 km/h en carreteras estatales fuera de zonas urbanas; 50 km/h dentro de zonas urbanas.
  • 110 km/h para automóviles, 95 km/h para autobuses y 80 km/h para transporte de bienes y mercancías en carreteras y autopistas de jurisdicción federal.

Ninguna intersección, independientemente de la naturaleza de la vía, podrá tener una velocidad de operación mayor a 50 km/h en cualquiera de sus accesos.

Mientras que la utilización del cinturón de seguridad de forma obligatoria para todos los pasajeros de vehículos motorizados.

Asimismo, cualquier persona menor de doce años o que por su constitución física lo requiera, debe viajar en los asientos traseros con un sistema de retención infantil o en un asiento de seguridad que cumpla con los requisitos establecidos en la Norma Oficial Mexicana.

También se realizará en todo el país un examen obligatorio (teórico y práctico) para obtener la licencia de conducir.

Finalmente, con la Ley de Movilidad se estandarizaron a nivel nacional los transportes no contaminantes.

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