Las y los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación discutieron en su sesión de este lunes 5 de septiembre proyectos que abordan si la Prisión Preventiva Oficiosa es constitucional o no, en lo que constituye un debate histórico. Esta medida cautelar consiste en encarcelar a una o varias personas acusadas por algún delito antes de ser sentenciadas o de haber sido sometidas a un juicio justo.
No todos los ilícitos ameritan esta medida. Desde 2019 existe en nuestro país un catálogo con los delitos en los que el implicado puede ser encarcelado automáticamente:
Violencia sexual contra menores
Delincuencia organizada
Homicidio doloso
Feminicidio
Violación
Secuestro
Trata de personas
Desaparición forzada
Robo de casa habitación
Uso de programas sociales con fines electorales
Delitos de enriquecimiento ilícito
Robo al transporte de carga
Delitos de hidrocarburos
Delitos cometidos con medios violentos
La prisión preventiva oficiosa es una de las medidas cautelares más usadas en México. Foto: Cuartoscuro
La polémica en torno de la Prisión Preventiva Oficiosa
Por Olivia Vázquez, con información de Noemí Gutiérrez y Moisés Sánchez
El debate sobre este tema tiene varias aristas y opiniones encontradas, tanto entre los propios jueces, como en el gobierno y los expertos. Los proyectos que se discutirán desde este lunes fueron propuestos por los ministros Norma Lucía Piña y Luis María Aguilar, quienes proponen eliminar esta figura por considerarla violatoria a los derechos humanos de los detenidos, como el de la presunción de inocencia o a la libertad personal.
Sin embargo, el gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador se ha pronunciado por no eliminar esta medida cautelar, pues pondría en riesgo a las víctimas y sus familias tras la liberación de personas «peligrosas» acusadas de uno de los 16 delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa.
Sin embargo, el abogado y experto en Derechos Humanos, Luis Eliud Tapia Olivares, explicó a El Heraldo Digital que no es correcta dicha afirmación: «lo que pasará es que las personas tendrán la oportunidad de que se revise su caso, donde se determinará si pueden o no salir de la cárcel», explicó.
No obstante, a horas de que iniciara la histórica discusión, el presidente López Obrador dijo en su conferencia matutina que no cree que los ministros se pronuncien en favor de eliminar la medida cautelar, pues sería invadir las facultades del Poder Legislativo y entonces éste tendría que actuar.
Inicia discusión sobre la prisión preventiva oficiosa
Por Diana Martínez desde la SCJN
El ministro Luis María Aguilar aseguró que su propuesta de dejar de aplicar la prisión preventiva oficiosa no significa que las personas privadas de la libertad van a ser liberadas en automático.
“Sino que sólo implica que la medida cautelar deba ser revisada para determinar si hay o no justificación para mantener la prisión preventiva de las personas que estén en esa condición”, explicó al iniciar la sesión del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la que se analiza esta figura.
Aguilar aseguró que tampoco significa que el proyecto de la Corte atente o busque obstaculizar las labores de investigación o la persecución de los delitos sino proteger derechos de las personas, sobre todo de las más pobres y vulnerables que no siempre tienen acceso a una defensa adecuada y que muchas veces son el sustento de su familia.
El ministro Luis María Aguilar propuso uno de los proyectos a discutir. Foto: Especial
“Cuando se comete un delito y el Ministerio Público tiene pruebas suficientes para sostener una acusación, por supuesto que podrá solicitar la prisión preventiva, pero para que se ordene imponerla es necesario un mínimo de motivación probada que justifique que el imputado puede darse a la fuga o ser un peligro para las víctimas o para la continuación del proceso”, destacó.
Aguilar precisó que no se propone que la prisión preventiva desaparezca sino que esta medida pueda ser dictada por un juez siempre y cuando justifique las razones por las que las que un imputado representa un riesgo para la sociedad, las víctimas o el desarrollo del proceso.
Esquivel Mossa: más que una sanción anticipada, la PPO es una medida instrumental del proceso penal
Por Miguel Villegas y Diana Martínez
La ministra Yasmín Esquivel Mossa, menciona que la SCJN no puede «inaplicar» la Constitución y reiteró que la Prisión Preventiva Oficiosa ya fue avalada por el Congreso. La Ministra Yasmín Esquivel votó en contra, pues aseguró que eliminarla no soluciona los problemas de inseguridad del país
“La prisión preventiva oficiosa, más que una sanción anticipada, es una medida instrumental para asegurar el cumplimiento de los fines legítimos del proceso penal”, comentó Esquivel Mossa.
En este sentido, durante su intervención agregó que sería mejor que el constituyente revise el listado de delitos que activan esta medida cautelar.
Ministra Yasmín Esquivel Mossa. Foto: Especial.
Alcántara Carrancá: la prisión preventiva oficiosa es violatoria de los derechos fundamentales del imputado
Por Diana Martínez desde la SCJN
El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá señaló que la figura de prisión preventiva oficiosa es violatoria de derechos fundamentales, pero está en contra de inaplicar el artículo 19 de la Constitución, por lo que no quedó definido su voto.
“Coincido con la inconstitucionalidad de los artículos impugnados en este apartado que se insertan dentro de un sistema de prisión preventiva automática que conforme al artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales prohíben al juez analizar si la prisión preventiva se justifica de acuerdo con las particularidades del caso o si basta con el dictado de medidas cautelares menos lesivas a menos que así lo solicité el Ministerio Público”, señaló Alcántara Carrancá.
La sesión terminó con una división de opiniones entre los ministros, y la discusión se reanudará este martes. Aquí puedes seguir de nuevo la sesión especial en el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación: