Agencias/Sociedad 3.0
El partido Morena presentó un recurso de apelación en contra de la resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), que ordena al presidente Andrés Manuel López Obrador no hablar sobre ejercicio de prerrogativas, vida interna y candidaturas de partidos en el actual proceso electoral.
En un comunicado, Morena informó que el recurso fue presentado ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), pues consideran que la resolución del INE busca censurar al presidente, además de violar el derecho de las y los mexicanos a estar informados.
El recurso fue presentado este martes. Sergio Gutiérrez Luna, representante de Morena ante el INE, acusó que el INE se excedió en sus facultades y prejuzgó el caso, provocando lo que la Suprema Corte ha definido como un “efecto corruptor”.
Por su parte, el presidente de Morena, Mario Delgado, señaló que con esta medida el INE pretende censurar a López Obrador y calificó la resolución como una acción “retrógrada y hasta medieval”.
En tanto, Gutiérrez Luna acusó al INE de no reconocer las mañaneras del presidente como “un modelo de comunicación novedoso, inédito y de cercanía con la población”.
“Me parece que hay un afán de protagonismo de algunos consejeros que se creen actores políticos”, agregó Mario Delgado.
Fue el pasado 15 de enero, cuando el INE aprobó por 9 votos a favor y 2 en contra el resolutivo que ordena al presidente no hablar sobre ciertos temas durante el proceso electoral.
Entre los temas en los que no puede intervenir el presidente están el financiamiento público y acceso a radio y televisión; vida interna de los partidos políticos nacionales y locales; candidaturas de partidos políticos e independientes (registro, postulación).
Tampoco puede hablar de “cargos de elección; etapas del proceso electoral federal y locales; frentes, coaliciones electorales, fusiones, alianzas nacionales o locales; plataformas electorales; campañas electorales; estrategias electorales de cualquier fuerza política nacional o local, así como a encuestas de intención de voto o preferencias electorales”.
La resolución argumenta que la intervención del presidente en estos temas implicaría “una posible transgresión a los principios de imparcialidad y neutralidad contenidos en el artículo 134 constitucional”.