HOY:

Muere guardia de seguridad en oficinas de la Fiscalía en Xalapa

Sociedad 3.0 Un guardia de seguridad perdió la vida este lunes al interior de un inmueble que funciona como oficinas de la Fiscalía General...

La disputa electoral, primera semana

A una semana del inicio de sus respectivas campañas de promoción electoral los candidatos a las alcaldías veracruzanas ya deben estar en conocimiento de su potencial que le permita obtener la mayoría del voto ciudadano, su estrategia a seguir para obtener o conservar cierta ventaja, qué funciona y qué debe desecharse, cuál puerta tocar o a cual “árbol” arrimarse. En ciertos municipios, no pocos, los candidatos ya se habrán percatado del piso movedizo a...
lunes, mayo 5, 2025
Xalapa
nubes
27.3 ° C
27.3 °
27.3 °
56 %
2.5kmh
85 %
Mar
31 °
Mié
31 °
Jue
28 °
Vie
24 °
Sáb
20 °

Denuncia en SESVER, balazo en el pie…

La Titular del Ejecutivo de Veracruz afirma que los auditores de la ASF "son muy buenos", que "sabe trabajar con ellos" y que presentó (se infiere que ella misma) denuncia penal ante la Fiscalía General del Estado por un daño patrimonial de alrededor de 200 millones de pesos en la Secretaría de Salud del Gobierno del Estado durante el ejercicio 2023. Al respecto caben las siguientes consideraciones: Oficialmente, en 2023 la Secretaría de Salud de Veracruz ejerció un presupuesto de alrededor de 3,200 millones de pesos, cifra difícil de creer puesto...

Suprema Corte declara inconstitucional política eléctrica impulsada por Rocío Nahle

Lo último

Agencias/Sociedad 3.0

La Suprema Corte de Justicia (SCJN) invalidó el miércoles elementos centrales de la Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional (SEN).

Al resolver la Controversia Constitucional 89/2020, la Suprema Corte indicó que invade las facultades de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), viola el derecho de libre competencia y da una «ventaja indebida» a la Comisión Federal de Electricidad (CFE).

En sesión en línea, los ministros declararon la invalidez de 22 disposiciones de la Política publicada el 15 de mayo de 2020 en el Diario Oficial de la Federación por Rocío Nahle, secretaria de Energía, y solo avalaron cinco apartados.

La única ministra que votó en contra fue la presidenta de la Sala, Yasmín Esquivel Mossa, quien llegó a la Suprema Corte propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador.

En su impugnación, la Cofece estimó que este acuerdo busca favorecer a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) en detrimento de los productores privados de fuentes renovables; además, dijo que el Acuerdo afecta el mandato constitucional de la Cofece e invade su esfera de competencia.

Uno de los principales puntos que invalidó la Corte fue que el despacho de la energía sea sobre criterios de seguridad energética, y no de eficiencia económica; además, invalidó diversas consideraciones para obtener un dictamen del Centro Nacional de Control de Energía (Cenace) con el que se logre la interconexión al Sistema Eléctrico Nacional.

El proyecto de sentencia fue elaborado por el ministro Luis María Aguilar y en ella menciona que el Acuerdo impugnado obstaculiza el cumplimiento de las finalidades constitucionales que se encomendaron a la Cofece porque anula la libre competencia económica y concurrencia en el mercado de generación de energía, así como la sustentabilidad en la generación y suministro.

Asimismo, advierte que la Política de Confiabilidad distorsiona el proceso de competencia y libre concurrencia necesarios en los eslabones de generación y suministro de energía.

«Además de que otorga una ventaja exclusiva e indebida en favor de Comisión Federal de Electricidad (CFE) para que proponga proyectos estratégicos en programas de suma relevancia en el desarrollo del Sistema Eléctrico Nacional (SEN) y que invariablemente inciden en dichos eslabones, siendo que tal previsión no se encuentra prevista para los demás competidores y sin que se justifique tal distinción”, advierte.

El Acuerdo de la Secretaría de Energía impugnado, según el proyecto, cancela la posibilidad de entrada al mercado de centrales eléctricas que operan con energía limpia lo que afectaría a los consumidores de contar con tarifas eléctricas más accesibles.

Según la sentencia quedan vigentes los apartados 1.2.4, 3.8.5, 4.17, 8.10 y 10.8 del acuerdo impugnado.

En tanto declaró la inconstitucionalidad de los apartados 3.8.4, 5.4, 5.23, 5.7, 5.12, 5.12.1, 5.12.2, 5.12.3, 5.12.5, 5.12.6, 5.12.8, 5.12.11, 5.13, 5.15 (este último en cuanto al dictamen de viabilidad de interconexión emitido por el Senace), 7.1, 8.4 y 10.2

Y por extensión invalidó también los apartados 5.12.4, 5.12.7, 5.12.9, 5.12.10 y 5.12.12.

En cuando a la facultad dada a la Senace para emitir dictámenes de viabilidad de interconexión, la Suprema Corte dijo que “esto ocasiona que el Cenace, con base en criterios que estableció la propia Sener, determine si una solicitud merece ser estudiada o no, sin tomar en cuenta las especificaciones técnicas generales aprobadas por la Comisión Reguladora de Energía”.

Estimó que ello podría generar que el Acuerdo solicitante de interconexión no tuviera la oportunidad, si quiera, ya sea de modificar la solicitud o, en todo caso, de hacerse cargo de las obras que tendrían que realizarse para que la interconexión fuera factible.

Al respecto, la secretaria Nahle publicó en Twitter: “respetaremos la resolución de la @SCJN. Así como también respetamos la discusión y en su caso la aprobación que la @Mx_Diputados realice sobre la iniciativa preferente que el Presidente @lopezobrador_ envió al Congreso sobre la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica”.

Relacionados

Los que saben