Preocupante retorno: tosferina, sarampión, dengue.

El Programa de Vacunación Universal se instaló en México hace ya algunos años, su propósito fundamental consiste en prevenir, mantener erradicadas y eliminadas del territorio mexicano enfermedades alguna vez endémicas, el sarampión, la tosferina entre otras. La implementación de ese Programa en México redujo sustancialmente la morbilidad y la mortalidad. Para cada enfermedad una vacuna, la de la influenza y contra el Covid están entre las más recientes- El esquema de vacunación se acompaña...
martes, abril 1, 2025
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Veracruz quebrado

Se ha dicho aquí, hasta la saciedad. El nuevo gobierno de Veracruz recibió las finanzas públicas en absoluta quiebra. Hay problemas estructurales, como la falta de fondos para la nómina educativa, el subsidio a las pensiones y la falta de recaudación propia (o sea, la dependencia de las participaciones federales). Pero la ratería, la rapiña en el manejo del dinero público, que no sólo no detuvieron sino incrementaron astronómicamente Cuitláhuac García, su primo Eleazar Guerrero y muchos otros gaseosos, por ahora impunes, llevaron el robo al extremo (no me...

Uso obligatorio de cubrebocas en Nuevo León, entre la sanciones esta la cárcel

Lo último

El Congreso de Nuevo León aprobó por mayoría modificar la Ley Estatal de Salud, con el objetivo de que el uso de cubrebocas sea obligatorio en espacios públicos, establecimientos y transporte, por el periodo que dure la pandemia por coronavirus.

Las sanciones por incumplir la medida puede ser económica (desde los 448), cárcel (36 horas) o trabajo comunitario (8 horas). Por ejemplo, las multas pueden llegar hasta los 1,742.40 pesos, en el caso de usuarios, operadores y conductores de transporte público, privado o de carga.

En el documento se indica lo siguiente: “El uso del cubrebocas será obligatorio en vías y espacios públicos o de uso común, en el interior de establecimientos ya sean de comercio, industria o servicios, centros de trabajo de cualquier ramo, centros comerciales, así como para usuarios, operadores y conductores de los servicios de transporte público o privado de pasajeros o de carga, previa determinación y aprobación de los respectivos lineamientos por parte de la secretaría”.

Los menores de 2 años quedan excluidos de dicha medida y población con discapacidad motriz o intelectual, al existir el peligro de asfixia en caso de que no se lo puedan quitar.

Con información de Infobae

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