domingo, noviembre 24, 2024

SAT amplia plazo para presentar declaración anual

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Agencias/Sociedad 3.0
Si es persona física y debe presentar su declaración anual, esta información es importante ya que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó este lunes que las personas físicas tendrán hasta el próximo 31 de mayo para entregar la declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal del 2020.
Para ello, el órgano recaudador publicó ayer la versión anticipada de la Resolución de la Miscelánea Fiscal y establece que “para los efectos del artículo 150, primer párrafo, de la Ley de Impuesto sobre la Renta (ISR) las personas físicas podrán presentar su declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal del 2020, a más tardar el 31 de mayo”.
Las personas físicas que deben presentar declaración anual son las que obtuvieron ingresos por salarios; por ejemplo, si lo recibieron ingresos de un patrón y dejaron de recibirlo antes del 31 de diciembre del 2020; si obtuvieron ingresos por distintos salarios; si trabajaron para dos o más patrones de manera simultánea; si los salarios provienen del extranjero; si obtuvieron ingresos por indemnización o jubilación o si la totalidad de los ingresos anuales excede los 400,000 pesos.
De igual manera aquellas personas físicas que realizan servicios profesionales y que cobran vía honorarios; las actividades empresariales (incluidas aquellas quienes tributan en el Régimen de Incorporación Fiscal y optaron por hacer pagos provisionales bimestrales); las actividades empresariales realizadas por plataformas tecnológicas, aquellos quienes rentan algún inmueble; si enajenaron bienes o, finalmente, si adquirieron bienes.
El SAT recuerda que las personas físicas están obligadas a informar sobre préstamos, donativos o premios obtenidos en el 2020, siempre que estos excedan 600,000 pesos.
Esta ampliación del plazo para presentar la Declaración Anual es la segunda que se hace de manera consecutiva por consecuencia del impacto que el Covid-19 tuvo en la vida cotidiana de las personas; sin embargo, a diferencia del 2020, en esta ocasión el plazo extraordinario sólo será de un mes.
La semana pasada la jefa del SAT, Raquel Buenrostro, mencionó que no se contemplaba prórroga para las personas físicas, esto al finalizar la inauguración del Centro de Atención Remota al Contribuyente (CAREC) en las instalaciones del SAT en Xochimilco.
El año pasado la prórroga que el órgano recaudador dio a personas físicas fue de dos meses y sirvió para que más de 1 millón 834,000 personas físicas no se vieran afectadas judicialmente por no presentar en tiempo y forma su declaración anual, que fueron quienes presentaron su declaración después del 30 de abril.
De tal manera, el SAT reveló en su informe anual del 2020, que pese al contexto de la crisis económica derivada de la pandemia de coronavirus, 8.8 millones de declaraciones anuales fueron presentadas por personas físicas y 1.1 millones por personas morales.
Así, en el año pasado, el número de declaraciones anuales presentadas por los contribuyentes, se ubicó en 9.9 millones de declaraciones; esto sin importar el ejercicio fiscal al que corresponda la declaración.
Por otra parte, la autoridad fiscal detalló que las declaraciones de personas morales tuvieron un incremento anual de 9% al finalizar el primer trimestre del 2021. Además detalló que se presentaron 49,589 declaraciones anuales de más en ISR en el periodo comprendido del primero de enero al 31 de marzo del año en curso.
En este sentido, se presentaron 607,506 solicitudes de Declaración Anual por parte de las personas morales que a diferencia de las personas físicas no tuvieron un plazo extraordinario paca cumplir con su obligación fiscal, informó el órgano fiscalizador encabezado por Raquel Buenrostro.

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