Sociedad 3.0
Gran disgusto provocaron entre la comunidad docente de la Universidad Popular Autónoma de Veracruz (UPAV), los malos tratos a que fue sometida la licenciada Claudia Espinoza, coordinadora de la Licenciatura en Arquitectura, quien este miércoles acudió al área de Gratificaciones de esa casa de estudios para gestionar numerosos pagos pendientes para los maestros y fue violentada en sus derechos ciudadanos.
En vista de que los profesores han recibido respuestas contradictorias cuando preguntan por la fecha de pago de sus emolumentos, muchas ocasiones con información engañosa, la profesional grabó la respuesta que le daba un empleado menor para transmitirla a los afectados sobre la probable fecha de pago.
Esto molestó sobremanera al mal servidor público que, en ese momento, con maneras destempladas y actitudes amenazantes, le exigió que borrada el audio o no le iba a permitir abandonar las instalaciones del edificio público.
Le advirtió que si no obedecía sus órdenes llamaría a los guaruras del edificio para privarla de su libertad hasta que eliminara el mensaje objeto de su molestia, que por cierto, lo único que contenía era una escueta respuesta de envío de pagos.
El empleado, que responde al nombre de Alejandro Vázquez, dicen los docentes, desconoce que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en concordancia a lo establecido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en apego a la Convención Americana de Derechos Humanos y la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ha determinado que el interés público se privilegia ante el derecho a la intimidad, el honor y la imagen.
La proyección pública de las personas que fungen como servidores públicos amplía el nivel de intromisión admisible, siempre que dichas intromisiones se encuentren relacionadas con aquellos asuntos que sean de relevancia pública y si se tiene que elegir entre el derecho a la intimidad, el honor y la imagen de un servidor público o la libertad de expresión y de información, por regla general deberá privilegiarse esta última.
Como servidor público, el trabajo de Alejandro Vázquez está expuesto al escrutinio de los ciudadanos, porque no es un delito documentar, si no un derecho que tienen los Ciudadanos de poder filmar, fotografiar, y grabar audio, con fundamento en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 6º. segundo párrafo que refiere: «Toda persona tiene derecho al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión”.