Debido al proceso electoral extraordinario en cuatro municipios, el Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) ordenó no aplicar la disminución del 50 por ciento a las prerrogativas que reciben los partidos políticos en la entidad.
Los magistrados consideraron que la reforma electoral, aprobada el 28 de diciembre de 2021, no cumplió con el requisito de ser emitida al menos 90 días antes de un proceso comicial, por lo que no se debe implementar en el proceso en curso. Dicha reforma contemplaba el recorte en el dinero que reciben los institutos políticos por parte del Estado.
Ante esto, el Organismo Público Local Electoral de Veracruz (OPLE) deberá ministrar a los institutos políticos el financiamiento contemplado antes de dicha reforma, ya que se vulneraría el principio de certeza.
Ha que señalar que partidos de posición promovieron en su momento ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación una acción de inconstitucionalidad, lo cual aún no ha sido resuelto.
Además, los togados del TEV también habrían dado un revés a un acuerdo del OPLE respecto a la desaparición de cuatro partidos en el estado, que podrán participar en los procesos extraordinarios y también deberán recibir recursos, como si fueran institutos de nueva creación.