Los pueblos y comunidades indígenas serán consultados para que opinen qué características debe tener un integrante de los grupos originales que pretenda ser candidato a un puesto de elección popular.
Con ese propósito, el consejo general del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó la realización de la consulta “previa, libre e informada a las personas indígenas, pueblos y comunidades indígenas en materia de autoadscripción para la postulación de candidaturas a cargos federales de elección popular y su protocolo”. La fecha del ejercicio será definida posteriormente.
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al INE realizar la consulta para generar los lineamientos de autoadscripción calificada (probar y comprobar que se es indígena cuando se aspire a una candidatura dentro de este grupo en particular; de los 300 distritos electorales en los que se divide el país, 28 son considerados como indígenas)
El antecedente inmediato ocurrió en las elecciones de 2021 cuando un abanderado del PAN se inscribió como candidato indígena pero las personas de San Juan Tetelcingo, municipio Tepecuacuilco, Guerrero, lo desconocieron como parte de su comunidad.
En el inicio de la sesión extraordinaria del consejo general del INE, el representante del PAN, Víctor Hugo Sondon, negó que se intentara cometer un engaño sino que posiblemente hubo “presiones políticas que en su momento llevaron al desconocimiento por parte de la asamblea y concejo municipal”.
El representante del Partido del Trabajo, Pedro Vázquez, manifestó su extrañeza de que el proyecto se aprobara con prisa, “en fast-track”, porque apenas el 14 de mayo se entregó el anteproyecto del protocolo de la consulta al Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI).
Más adelante tomaron la palabra consejeros electorales para debatir si la consulta debe referirse a grupos o a individuos.
El consejero Uuc-kib Espadas dijo que el Estado mexicano reconoce a 24 millones de personas como indígenas, aunque la inmensa mayoría no forma parte de comunidades con autoridades tradicionales.
Puso como ejemplo los derechos laborales donde el derecho de huelga es colectivo, de operación de los sindicatos, pero a través de recuentos se consulta de manera individual a cada uno de los trabajadores sobre el derecho de huelga.
En cuanto a los indígenas sucede igual, dijo, y después puntualizó que el INPI no tiene actualmente un catálogo de comunidades.
Señaló que en los tres estados que previsiblemente tendrán sólo distritos indígenas en sus capitales: Campeche, Oaxaca y Mérida, desde luego no disponen de autoridades en esos términos (indígenas).
Las consejeras Carla Humphrey y Claudia Zavala también hablaron de la consulta como derecho de los pueblos y comunidades indígenas, no un derecho individual.
Los argumentos bordearon en que lo fundamental es preguntar y determinar la forma de acreditar la permanencia a una comunidad indígena.
En tanto, frente a la sugerencia del INPI para que también se incluya a la población afromexicana, la consejera Dania Ravel dijo que aun cuando el tema se debe abordar en el futuro, en el punto desarrollado este martes es a partir de una orden específica del TEPJF en la cual sólo se habla de comunidades indígenas.
Al final se aprobó, a propuesta de la consejera Humphrey, que el diagnóstico sea sometido a la opinión técnica del comité de género del INE; asimismo se aprobó que para la consulta se realicen encuentros en los 28 distritos indígenas.
En el documento aprobado se designa a la dirección de Prerrogativas y Partidos Políticos como responsable de la consulta y, en coordinación con el INPI, presentar una propuesta de cuestionario y convocatoria para el ejercicio de participación «en la que se establezcan las fechas para las distintas fases que la componen, mismos documentos que someterá a la aprobación de la comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos y, ésta a su vez, del Consejo General».
Igualmente, la Junta General Ejecutiva, junto con la opinión técnica del INPI y el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas, evaluará la disposición presupuestaria para la realización de la consulta.