viernes, noviembre 22, 2024

Corte Interamericana declara “inconvencional” la figura del arraigo y prisión preventiva en México

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La Corte Interamericana de Derechos Humanos ordenó al Estado Mexicano sacar del sistema judicial la prisión preventiva oficiosa que permite detenciones por hasta 80 días, sin contar siquiera con una acusación formal, y dejar sin efecto la figura del arraigo, en un plazo máximo de seis meses.

En lo que se refiere a la figura de la prisión preventiva, esta Corte ordena al Estado, como lo ha hecho en otros casos, adecuar su ordenamiento jurídico para que sea compatible con la Convención Americana”, indicó.

En un breve acto realizado en San José de Costa Rica, el presidente de la Corte-IDH, Ricardo Pérez Manrique, instruyó lo anterior como parte de la sentencia en la que declaró culpable a México por la violación de las garantías individuales de los hermanos Jorge Marcial Tzompaxtle Tecpile, Gerardo Tzompaxtle Tecpile y Gustavo Robles López en 2006.

El Alto Tribunal de la Organización de los Estados Americanos (OEA) encontró que las autoridades mexicanas violaron los derechos a la integridad personal, la libertad y la protección judicial de los involucrados.

Los jóvenes fueron detenidos por la Policía Federal cuando transitaban por la carretera Orizaba-Fortín, en Veracruz, luego de que se les descompuso su automóvil, y a pesar de que no sabían de qué se les acusaba fueron presentados al Ministerio Público de Orizaba.

Posteriormente, fueron investigados por cohecho y trasladados a la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada (SEIDO), donde además de acusarlos de secuestro fueron amenazados.

Tras permanecer tres meses en arraigo y dos años y medio en prisión preventiva, los hermanos y su acompañante (hoy finado) fueron absueltos en 2008.

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