Agencias/Sociedad 3.0
El Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa concedió por unanimidad una suspensión provisional al Secretario Ejecutivo del Instituto Nacional Electoral (INE), Jacobo, en contra del artículo 17 transitorio de la reforma electoral conocida como «Plan B». Dicho artículo lo remueve del cargo, a pesar de haber sido designado para el periodo febrero de 2020 a febrero de 2026.
La Magistrada Carolina Alcalá Valenzuela, que presentó el proyecto de sentencia, destacó que el «Plan B» no dio razones para cesarlo en sus funciones. Además, señaló que no se advierte ninguna justificación para terminar anticipadamente la titularidad del nombramiento que Jacobo ejercía, como algún dictamen valorativo o procedimiento que demerite sus conocimientos o experiencia.
El INE argumenta que de no concederse la suspensión, Jacobo sufriría daños irreparables, pues seguiría corriendo el periodo para el que fue nombrado sin que pudiera ocupar el cargo.
El tribunal resalta que Jacobo ejerce sus funciones bajo el nuevo modelo que establece el «Plan B», mismo que reduce la estructura y atribuciones de múltiples áreas del INE, y está en proceso de ser impugnado ante la Suprema Corte de Justicia.