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Transfuguismo político, pero no somos iguales

En la década finisecular (última del siglo XX) en nuestro país surgió un fenómeno político conocido entonces como “transfuguismo”, que consistía en el traslado de un militante priista hacia otras siglas partidistas, particularmente con dirección al PRD y en menor numero al PAN; se trataba de actores políticos priistas, insatisfechos porque su partido no les concedía la postulación a un  cargo de elección popular, y sintiéndose con convocatoria ciudadana emigraron otras siglas donde encontraron...
domingo, mayo 11, 2025
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El ansiado milagro…

Hay un segmento importante de la población mexicana que espera que la fundación de la dictadura y el secuestro del poder público asociados al proyecto mesiánico llamado "Cuarta Transformación" sean revertidos desde el exterior, específicamente por Gobierno de los Estados Unidos. Ante el desinterés, desconocimiento e incluso conformidad de la mayoría de la gente, frente al eficaz desmantelamiento del sistema republicano y la cooptación de quienes hubiesen enfrentado los abusos y las acciones retrógradas (milicia, élite económica, consorcios de comunicación), dado el descrédito, la pudrición y sumisión de las supuestas...

TEPJF declara válida elección presidencial; niega intervención de AMLO

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Agencias/Sociedad 3.0

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró válida la elección presidencial por unanimidad, además de que determinó que el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) no intervino en los resultados de los comicios del pasado 2 de junio.

Durante la sesión del lunes 12 de agosto, las y los magistrados declararon improcedente la impugnación que presentó la ex candidata a la presidencia de la República de la coalición “Fuerza y Corazón por México”, Xóchitl Gálvez Ruiz, al considerar que no se planteó una vulneración directa a sus derechos político-electorales.

“La candidata carece de interés jurídico porque no plantea una vulneración directa a sus derechos político-electorales y tampoco solicitó la nulidad de la elección presidencial, lo que es un requisito esencial para que proceda el juicio contra la validez de la elección”, explicó el magistrado Felipe de la Mata Pizaña.

Asimismo, sobre las denuncias presentadas por los Partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD) respecto a la violencia generalizada e intervención del crimen organizado, se determinó que éstos no presentaron pruebas que evidenciaran que los actos afectaron los resultados de la elección presidencial.

En la misma sesión se determinó que el presidente López Obrador no intervino en la elección presidencial, puesto que no se mostraron pruebas que acrediten una supuesta coordinación para influir en el proceso electoral.

Se explicó que las conferencias matutinas que encabeza el mandatario federal son un ejercicio comunicativo del gobierno que no tiene como fin promover candidaturas, por lo que no se hizo una adquisición indebida de tiempo en radio y televisión.

No obstante, se determinó que el presidente López Obrador cometió violencia política en razón de género contra Xóchitl Gálvez, en ocho conferencias que tuvieron lugar entre julio y agosto de 2023, cuando la senadora por Acción Nacional aún no había definido sus aspiraciones políticas; sin embargo, por la ley vigente no se permite infraccionar al mandatario federal, pese a que fueron confirmadas dichas acciones

Con información de Infobae


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