Preocupante retorno: tosferina, sarampión, dengue.

El Programa de Vacunación Universal se instaló en México hace ya algunos años, su propósito fundamental consiste en prevenir, mantener erradicadas y eliminadas del territorio mexicano enfermedades alguna vez endémicas, el sarampión, la tosferina entre otras. La implementación de ese Programa en México redujo sustancialmente la morbilidad y la mortalidad. Para cada enfermedad una vacuna, la de la influenza y contra el Covid están entre las más recientes- El esquema de vacunación se acompaña...
martes, abril 1, 2025
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Veracruz quebrado

Se ha dicho aquí, hasta la saciedad. El nuevo gobierno de Veracruz recibió las finanzas públicas en absoluta quiebra. Hay problemas estructurales, como la falta de fondos para la nómina educativa, el subsidio a las pensiones y la falta de recaudación propia (o sea, la dependencia de las participaciones federales). Pero la ratería, la rapiña en el manejo del dinero público, que no sólo no detuvieron sino incrementaron astronómicamente Cuitláhuac García, su primo Eleazar Guerrero y muchos otros gaseosos, por ahora impunes, llevaron el robo al extremo (no me...

Modifican protocolo para manejo de fallecidos por Covid-19 en la CDMX

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A partir de este domingo para la autorización de los trámites de traslado, inhumación o cremación en decesos por Covid-19 de más de 48 horas no será necesario presentar carta de estancia, carta de refrigeración, tesis de embalsamamiento o carta responsiva.

Lo anterior tras modificarse el Protocolo de Actuación Interinstitucional para el Manejo de Personas Fallecidas por Sospecha o Confirmación de Covid-19 en la capital, lo cual quedó publicado en la Gaceta Oficial de la CDMX.

Con las adecuaciones, además se autoriza el traslado de personas fallecidas al interior de la República Mexicana o al extranjero, extremando todas las medidas de seguridad sanitaria.

“Para la autorización de traslados de personas fallecidas que implican tiempos prolongados se autoriza su embalsamamiento o la aplicación de cualquier otro procedimiento de conservación, conforme al Reglamento de la Ley General de Salud en materia de Control Sanitario de la disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos, utilizando el equipo de protección personal en términos de lo establecido en los Lineamientos de Manejo General y Masivo de Cadáveres por COVID-19 (SARS-CoV-2) en México”, se lee en el documento.

En los cambios al numeral 13 del título V del Protocolo también se hace referencia a que “el traslado será efectuado por las agencias funerarias extremando todas las medidas sanitarias… cualquier traslado fuera de las disposiciones legales establecidas será sancionado por las leyes civiles y penales aplicables”.

Se informa, además, que la Secretaría de Salud y la Agencia de Protección Sanitaria serán las instancias encargadas de otorgar la autorización de los trámites funerarios de traslado, inhumación o cremación de personas fallecidas en términos de la normativa aplicable; previa solicitud y cumplimiento de los requisitos correspondientes.

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