miércoles, diciembre 18, 2024

El Senado de México prohíbe la venta de comida chatarra en las escuelas y en sus alrededores

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El Senado de México aprobó por unanimidad prohibir la venta de comida chatarra, de bajo valor nutritivo y alto contenido calórico, en las escuelas y en las cercanías.

Esta iniciativa, que obtuvo el visto bueno de 109 senadores, es una reforma del artículo 75 de la Ley General de Educación, que se refiere a las infracciones y sanciones a quienes prestan servicios educativos.

La medida, votada y aprobada en sesión virtual, propone incentivar el consumo de alimentos y bebidas sanos para niños y adolescentes tanto en el interior como el exterior de los planteles mexicanos.

Las cooperativas escolares de venta de alimentos deberán seguir los lineamientos nutricionales y las Normas Oficiales Mexicanas emitidas por la Secretaría de Salud, según la enmienda al artículo 75 aprobada el jueves.

Durante su intervención, el senador Martí Batres, del gobernante partido Morena, manifestó que era una reforma «muy importante, a favor de la salud» y que era el momento para hacerlo ante la situación mundial por la pandemia.

Batres, quien impulsó la medida en el Senado, explicó que diversos estudios científicos han arrojado que 70 % de quienes fallecen por covid-19 presentan algún tipo de lesión de carácter pancreático. «Es decir, el consumo de azúcares refinados, alimentos chatarra, incide gravemente en los alcances de la letalidad de esta pandemia», dijo.

Recordó que México tiene el primer lugar de consumo de refrescos en el mundo, con unos 163 litros anuales por persona, y de obesidad infantil. «Por eso propuse esta iniciativa», argumentó.

La enmienda plantea incluir frutas y verduras en las cooperativas escolares; contemplar la inclusión de productos del barrio, de la comunidad o de la región y promover la prohibición de la venta de alimentos de bajo contenido nutricional y alto contenido calórico.

El dictamen fue enviado a la Cámara de Diputados, que posteriormente deberá dirigirlo al Ejecutivo. Si no es devuelto por este último a los diez días de su recepción, se considera aprobado.

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