domingo, diciembre 22, 2024

Secretaría de Energía impugna suspensiones contra reforma energética de López Obrador

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Agencias/Sociedad 3.0

La Secretaría de Energía (Sener) impugnó las primeras resoluciones emitidas por el juez Juan Pablo Gómez Fierro, quien otorgó suspensiones provisionales que frenaron por el momento la Ley de la Industria Eléctrica (LIE).

Ahora, corresponderá a un Tribunal Colegiado Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones con jurisdicción en toda la República, determinar si declara fundados o no los recursos de queja interpuestos por la Sener en representación del presidente de México.

Se trata de los amparos promovidos por las empresas Eoliatec del Pacífico y Parque Solar Orejana, entre otros. El Tribunal Colegiado tendrá que resolver los recursos en 48 horas, una vez que sea notificados oficialmente.

Hasta el momento, el juez Gómez Fierro, titular del juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones no ha determinado suspender la audiencia incidental que tiene programada para mañana, donde definirá si otorga la suspensión definitiva a las compañías quejosas.

En caso de que se celebre la audiencia y otorgue la suspensión definitiva, los tribunales tendrán que desechar los recursos.

El juez frenó la aplicación de la Ley de la Industria Eléctrica, porque puede llegar a dañar la competencia y la libre concurrencia, y puede producir daños inminentes e irreparables al medio ambiente, toda vez que fomentan la producción y el uso de energías convencionales que desincentivan la producción de energías limpias.

La ley, indicó, también genera incertidumbre. Los efectos de la medida tienen efectos generales, es decir, protege a todas las compañías del sector para no dar una ventaja a las que se ampararon, porque podría ocasionar distorsiones en dicho mercado.

Los primero amparos interpuestos fueron los de las empresas Eoliatec del Pacífico y Parque Solar Orejana. Por el momento, el juez ordenó aplicar la ley que estaba vigente antes de la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de marzo del presente año.

Gómez Fierro comparó la anterior ley, que dijo, cuenta con un marco jurídico orientado a garantizar la competencia y libre concurrencia de agentes económicos, el desarrollo sustentable del país y la protección del medio ambiente.

“Todo ello con el objeto de obtener las mejores condiciones en la generación y el abasto de electricidad a precios competitivos, en beneficio de la población en general, así como de permitir que el país cumpla con las metas impuestas en materia de generación limpia y sustentable”, añadió.

Sin embargo, una vez que analizó el contenido de las normas generales que hoy se reclaman, “este Juzgado de Distrito advierte que las modificaciones que se realizan a la Ley de la Industria Eléctrica podrían llegar a dañar la competencia y la libre concurrencia en el sector eléctrico”.

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