miércoles, diciembre 18, 2024

A pesar del decreto de revocación de mandato, INE pide a Morena bajar videos de redes sociales

INE dice que el decreto de ayer no tiene nada que ver con partidos políticos.

Lo último

Agencias/Sociedad 3.0

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) pidió a Morena este viernes bajar en menos de tres horas dos videos difundidos en Facebook, Twitter y Youtube en los que promociona la revocación de mandato.

Esto se dio luego de que los partidos Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD) denunciaron a Morena por la difusión de dichos mensajes.

El PRI y PRD denunciaron a Mario Martín Delgado Carrillo, presidente nacional de Morena por la difusión de dos videos en las redes sociales de Facebook, Twitter y YouTube.

Te podría interesar: AMLO celebra desde Veracruz decreto para poder difundir la revocación de mandato

La Comisión estimó procedente la medida cautelar, en primer lugar, porque la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al resolver la acción de inconstitucionalidad 151/2021 determinó que es contrario a la Constitución que los partidos políticos promuevan la participación ciudadana en el proceso de Revocación de Mandato.

“Fue la SCJN quien estableció que era inconstitucional que los partidos políticos pudieran hacer promoción de la revocación de mandato. En la ley se contemplaba esa posibilidad. La Corte estimó que eso transgredía el marco constitucional y por tanto, en este ejercicio en curso los partidos no pueden promover la participación”, dijo el consejero Ciro Murayama.

En segundo lugar, se advirtió que la publicación realizada en la red social Facebook tiene la característica de publicidad pagada, por lo que se dio vista a la Unidad Técnica de Fiscalización para que analice si hay uso indebido de recursos por Morena al promover la Revocación de Mandato.

Así, se ordenó a Mario Martín Delgado Carrillo, presidente del Comité Ejecutivo Nacional de Morena, así como a dicho partido político que, de inmediato, en un plazo que no podrá exceder de tres horas, eliminen las publicaciones objeto de la medida cautelar.

Relacionados

Columnistas