Ciudad de México, a 13 de julio de 2022.- La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación otorgó un amparo a la magistrada del Poder Judicial del Estado de Veracruz, Martha Ramírez Trejo, en contra de la porción normativa del artículo 213 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la entidad, que prevé que la ratificación de magistrados en el estado dependerá de forma “soberana” del Congreso local, lo cual vulnera la independencia judicial prevista en el artículo 116, fracción III, de la Constitución Federal, así como las exigencias constitucionales de fundamentación y motivación.
Al resolver el caso, la Sala estableció que el juicio de amparo sí es procedente contra la no ratificación de un magistrado, debido a que no se trata de un acto soberano ni discrecional del Congreso estatal, en virtud de que la Constitución y la Ley Orgánica del Poder Judicial de la entidad exigen, entre otros requisitos, la elaboración de un dictamen técnico por el Consejo de la Judicatura del estado, el cual, si bien no es vinculatorio, sí debe estudiarse para que el Poder Legislativo decida, con una debida fundamentación y motivación, sobre la ratificación.
La sentencia señala: “El Congreso del estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, deberá dejar insubsistente el acuerdo publicado el veintidós de diciembre de dos mil veinte, en la Gaceta Oficial del Estado de Veracruz, por el que no se ratificó el nombramiento de la quejosa como Magistrada del Poder Judicial del Estado de Veracruz; así como los que de él deriven”.
Se detalló que la expresión soberana” en la norma impugnada origina inseguridad jurídica puesto que, en este tipo de resoluciones, el Congreso local no puede decidir libre e independiente, al estar sujetas al control racional del derecho.
Por lo anterior, la Sala resolvió amparar a la magistrada para que en el nuevo acuerdo que emita el Congreso estatal no se le aplique la porción normativa reclamada y que resuelva con la debida fundamentación y motivación sobre la ratificación en el cargo.
“b. En su lugar, deberá emitir otro, en el que prescinda de aplicar la facultad soberana que establece el precepto legal en comento y, con libertad de jurisdicción, resuelva de forma fundada y motivada, sobre la ratificación o no de la quejosa en el cargo antes mencionado”.
Amparo en revisión 152/2022, resuelto en sesión de 13 de julio de 2022.
Una amplia carrera judicial
Martha es licenciada en Derecho, egresada de la Facultad de Derecho de la Universidad Veracruzana, de la Generación 1982-1986. Estudió la Maestría en Derecho Penal, en la Universidad Autónoma de Tlaxcala.
Ingresó al Poder Judicial del Estado en 1972 y en el transcurso de veinte años se desempeñó como Oficial A, Oficial C, Oficial Administrativo D, Secretario B, Secretario D y Secretario C, en seis diferentes dependencias pertenecientes a la institución.
De 1992 a 1998, fue Juez de Primera Instancia en diferentes distritos judiciales, entre los que destacan Orizaba, Huatusco, Papantla y Chicontepec. De 1998 a 2001 fue nombrada Magistrada adscrita al Consejo de la Judicatura del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial del Estado de Veracruz.
Retorno a sus labores como Juez, de 2001 a 2011, destacando su trabajo en el Juzgado Tercero de Primera Instancia del Distrito Judicial de Córdoba, por cinco años; y en el Juzgado Tercero de Primera Instancia del Distrito Judicial de Orizaba, por 4 años.