jueves, mayo 2, 2024

El ORFIS y la ASF

Muy interesante y también preocupante la participación que en días pasados tuvo en el Congreso del Estado el secretario técnico de la Auditoria Especializada del Gasto Federalizado de la Auditoria Superior de la Federación, David Isaac Ortiz Calzada al referirse a quien sí y quien no tiene facultades para auditar a los entes estatales que reciben recursos de la Federación.

    Exposición que hizo ante legisladores locales y presidentes municipales presentes durante el evento de explicación de auditorias municipales de la Cuenta Pública 2022.

    Diciendo que la Auditoria Superior de la Federación no ha signado convenios con el Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Veracruz, que le de atribuciones para auditar el Gasto Federalizado.

    Siendo que desde la revisión de cuentas públicas anteriores, el Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Veracruz ha insistido en que los organismos fiscalizadores locales no hacen una revisión de las participaciones o fondos federales. Pues en términos de lo que prevé al artículo 115, fracción IV, último párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CP EUM), las legislaturas locales a través de los organismos de fiscalización, revisan y fiscalizan las cuestas públicas.

    Así también el artículo 46, fracción I, de la Ley de Fiscalización del Estado, señala que el objetivo de la fiscalización es revisar las cuentas públicas. Pero también el artículo 47 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, dice que la Auditoria Superior de la Federación fiscalizara directamente los recursos federales que administren o ejerzan las entidades federativas, los municipios y las alcaldías, sin perjuicio de la competencia de otras autoridades.

    Continuando así: ni la CP EUM, ni la ley que aplica la Auditoria Superior de la Federación hacen referencia a una revisión o fiscalización exclusiva, por lo que de no acatarse las disposiciones que otorgan las facultades para fiscalizar se estaría incurriendo en el incumplimiento de un deber legal. Por lo que el tema deber ser motivo de una reforma no solamente local, sino también federal, sin desatender la Constitución, a fin de ajustar el marco legal que le dé atribuciones exclusivas a la Auditoria Superior de la Federación en los términos que está interpretado, finalizó la Auditora Superior del Estado de Veracruz.     Como puede apreciarse en lo expuesto, el tema es bastante delicado por lo que tiene que ser tratado por especialistas en la materia, como es el caso de la titular del Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Veracruz, maestra Delia González Cobos. Usted qué OPINA, estimado lector. Hasta le viernes. Noti-sigloxxi@hotmail.com

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