Los motivos del cambio

Son muchas las causas que dieron lugar al enojo social en México, su acumulación auspició la percepción acerca de la necesidad de un cambio en el mando político del país. En el año 2000 la ciudadanía mexicana ya había dado el primer aviso sobre la necesidad del cambio, ratificó ese criterio en 2006, aunque reflejando ciertas dudas. En 2012 la ciudadanía decidió volver a puerto seguro y le regresó al PRI el mando nacional....
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Entre la putrefacción y la vileza

Las imágenes no pueden ser más elocuentes: mientras el pequeño verdugo sufre el mismo dolor que causó a decenas de víctimas, sus jefes disfrutan los privilegios del poder, del dinero mal habido, de la rapacidad sin límite ni mesura y de los beneficios de haber cometido la peor de las traiciones, a la Patria, a 134 millones de mexicanos, incluso los que creyendo que es correcto, la apoyan porque no saben lo que les espera cuando acabe la destrucción del poder judicial. El primero de ellos, precisamente, el ex...

Sobre el caso Murillo Karam

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Juan José Llanes Gil del Ángel

Me preocupa, como ciudadano, el tratamiento que en los medios de comunicación se le da a la suspensión definitiva concedida a Jesús Murillo Karam por un juez federal en un juicio de amparo indirecto, que promovió el ex procurador general de la República en contra del auto de vinculación a proceso que se le dictó en relación con el caso de los estudiantes de Ayotzinapa.

Me preocupa porque veo las notas con encabezados delirantes y textos fuera de la realidad jurídica.

Hay medios que dijeron: “Frenan proceso en contra de Murillo Karam por el caso Ayotzinapa”; “Avanza recurso de Murillo Karam contra auto de vinculación…”; “Suspenden vinculación a proceso…”; “Juez suspende proceso…”, y encabezados así, que -en el mejor de los casos- sugieren que Murillo Karam alcanzará la absolución jurídica que (pase lo que pase en el juicio) ya la Historia le negó.

Creo que debe precisarse, de manera muy general:

1.- Un auto de vinculación a proceso puede ser impugnado a través de un recurso ordinario (apelación) o un medio de control constitucional (el amparo indirecto). El ex titular de la extinta PGR optó por el segundo.

2.- Habiendo solicitado la suspensión (provisional primero, definitiva, ahora), se le concedió; la concesión de la suspensión definitiva depende, básicamente, de que exista el acto reclamado, en el caso, el auto de vinculación, y sus efectos son, esencialmente, que el quejoso quede a disposición del juez de amparo en el lugar en el que está detenido, y a disposición del juez de control para la continuación del juicio en el que no podrá dictarse sentencia hasta que esté resuelto en definitiva el amparo.

Y esto es así no solamente en el caso de Murillo Karam, sino en todos.

Presentar la noticia como un “avance”, o como un “logro” de Murillo Karam, no solamente está fuera de proporción, sino que también perturba la confianza en las instituciones judiciales: da pie a que la sociedad (a veces, alentada por el mismo gobierno), piense que los jueces de amparo “se prestan” a la ilegalidad o propician impunidad.

Si la carpeta de investigación en contra del ex procurador general de la República está bien integrada y el auto de vinculación está correctamente fundado y motivado, la decisión judicial que impugnó Murillo Karam será confirmada.

Si algo está doliendo (y dolerá siempre) a los mexicanos, es el caso de los normalistas de Ayotzinapa. Presentar como “logros” (que no lo son) cosas que casi son de trámite, de aquellos a quienes se está intentando enjuiciar y castigar por los hechos de la Noche de Iguala, descompone, pudre y lastima al mismo Estado.

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