jueves, noviembre 21, 2024

Poliamor: Hombre gana amparo que le permitirá casarse con dos mujeres en Puebla

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Agencias/Sociedad 3.0

Un juez federal de Puebla lo amparó para que las autoridades de ese estado le permitan casarse o ejercer el concubinato con dos mujeres en una relación poliamorosa, garantizandole el libre desarrollo de la personalidad.

Se trata del primer caso de una persona poliamorosa que emprende un proceso judicial para poder formar una “familia plural”.  

Las relaciones poliamorosas no están reconocidas de manera legal en el país, a pesar de que la comunidad LGBTTTIQ+ busca que esta práctica sea despenalizada.

El amparo otorgado por Pedro Arroyo Soto, titular del Juzgado Octavo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa, y de Trabajo y Juicios Federales en el Estado de Puebla, responde a una promoción legal presentada por el quejoso de manera electrónica el 22 de diciembre de 2020. La demanda fue admitida a trámite el día 23 del mismo mes.

El quejoso impugna los artículos 294 y 297 del Código Civil del Estado de Puebla que establecen las definiciones legales del matrimonio y concubinato, su finalidad y objetivos. En su sentencia, el juez determinó que no pueden aplicarse normas estigmatizadoras porque proyectan un mensaje discriminatorio contra ciertos sujetos.

Es decir, que la ley estaría vulnerando los derechos fundamentales de igualdad y no discriminación al establecer que el matrimonio y concubinato solo pueden celebrarse entre dos personas, pues al ser así, se están excluyendo a las demás preferencias sexuales, como es el caso del poliamor.

Por lo tanto, el juez señala que todas las autoridades tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.

Así mismo determinó que no existe razón de índole constitucional para no reconocer el matrimonio o el concubinato entre más de dos personas, ni tampoco existe ninguna justificación objetiva para no reconocer los derechos fundamentales que les corresponden como individuos.

El amparo está fechado como 21 de mayo de 2021, en San Andrés Cholula, Puebla. 

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