jueves, abril 25, 2024

Suprema Corte defendió la Constitución… y a veracruzanos

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión del Tribunal Pleno, declaró la invalidez del tipo penal de ultrajes, previsto en el artículo 331, fracciones I, II y IV del Código Penal del Estado de Veracruz.

Lo anterior, debido a que contiene una restricción al derecho de libertad de expresión, por lo que debía ser sometida a un test tripartito. Escrutinio que no supera, debido a que no cumple con el principio de taxatividad. Es decir, no limita razonablemente el tipo de conductas que pueden actualizarlo, lo que genera incertidumbre en los destinatarios de la norma y un efecto inhibitorio en el ejercicio de este derecho (libertad de expresión).

La Corte sabe lo que hace, pero cualesquiera que fueren las argumentaciones de los señores ministros, su resolución final viene a brindar a los veracruzanos la oportunidad de no ser sometidos a procesos ilegales, inconstitucionales, anticonvencionales y, por tanto, propios de un gobierno dictatorial, como el peor que hayamos visto.

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